Qué hacemos

La actividad de la Oficina Andaluza Antifraude se centra fundamentalmente en los siguientes ámbitos:

La Prevención

La Oficina tiene como misión fundamental prevenir el fraude, la corrupción, los conflictos de intereses o cualquier otra actividad ilegal que vaya en detrimento de intereses públicos o financieros.

En el campo de la prevención, la Oficina promueve la aplicación de buenas prácticas en la gestión pública mediante la redacción de códigos éticos o de buenas prácticas y formula propuestas y recomendaciones. Además, lleva a cabo actividades formativas y de sensibilización pública, individualmente o en colaboración con otras Administraciones públicas e instituciones.

La Investigación y la Inspección

La Oficina tramita las denuncias que le sean presentadas respecto de los actos o las omisiones que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción, conflicto de intereses o cualquier otra actividad ilegal que vaya en detrimento de intereses públicos o financieros, ajustándose al procedimiento de investigación, que permitirá la realización de las siguientes actuaciones para el esclarecimiento de los hechos: realizar entrevistas, requerimientos de información, realizar copias, acceder a dependencias, entradas, e inspecciones, entre otras actuaciones.

El procedimiento de investigación e inspección de la Oficina se iniciará de oficio por acuerdo de la persona titular de la Dirección de la Oficina. Puede incluir un periodo de información o actuaciones previas. Y tiene un plazo para resolverse de 6 meses, contados desde el acuerdo de inicio, ampliables a otros tres meses.

Instruido el procedimiento de investigación e inspección, la persona titular de la Dirección de la Oficina dictará resolución motivada que pondrá fin al procedimiento de investigación e inspección.

La Protección a las personas denunciantes

Otra de las competencias de la Oficina, y el objetivo de la propia Directiva 2019/1937 es el de la protección de la persona denunciante de la corrupción, como así se titula.

Una vez interpuesta la denuncia, cualquier acto de la organización donde trabaje el denunciante que empeore su situación laboral supone un acto de represalia, acto expresamente prohibido por dicha Directiva y nuestra Ley.

¿Y cómo protegemos? La Dirección de la Oficina puede dirigirse a cualquier organización interesando la corrección de actuaciones que puedan perjudicar a los denunciantes. Nuestra Ley, dando cumplimiento a la Directiva de protección de la persona denunciante de corrupción, ofrece a los denunciantes asesoramiento jurídico y ayuda psicológica y en casos especiales, el traslado del centro de trabajo del denunciante, conservando intactos sus derechos.

Las sanciones a Altos Cargos por infracción de su normativa sobre incompatibilidades

La Oficina puede sancionar a los Altos Cargos que incumplan su normativa específica en materia de incompatibilidades, recogida en la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos

Las sanciones pueden ir desde la amonestación, a la declaración del incumplimiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Asimismo, en caso de infracciones muy graves y graves, deberán, en su caso, restituir las cantidades percibidas indebidamente.

Las sanciones a Altos Cargos por infracciones de Buen Gobierno que se refieran a la gestión económico-presupuestaria.

La Oficina puede sancionar a Altos Cargos por alguna de las infracciones de gestión económica-presupuestaria recogidas en el artículo 28 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Estamos hablando de conductas culpables como las siguientes:

  • La administración de los recursos y demás derechos de la Hacienda Pública sin sujeción a las disposiciones que regulan su liquidación, recaudación o ingreso en el Tesoro.
  • Los compromisos de gastos, reconocimiento de obligaciones y ordenación de pagos sin crédito suficiente para realizarlos o con infracción de lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria, o en la de Presupuestos.
  • La omisión del trámite de intervención previa de los gastos, obligaciones o pagos, cuando ésta resulte preceptiva o del procedimiento de resolución de discrepancias frente a los reparos suspensivos de la intervención.

Las sanciones pueden ir desde la declaración del incumplimiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la no percepción, en el caso de que la llevara aparejada, de la correspondiente indemnización para el caso de cese en el cargo, la destitución del cargo ocupado, o no poder ser nombrada la persona para ocupar ningún puesto de Alto Cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años.

Memoria Anual

Primera memoria anual de la OAAF desde su puesta en funcionamiento efectiva que recoge el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2022 y el 31 de diciembre de 2023. Se da cuenta al Parlamento de Andalucía y a la ciudadanía andaluza de las actuaciones llevadas a cabo por la institución, así como de las recomendaciones y otras acciones impulsadas en el ámbito de la prevención y la lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía.