La prevención del fraude son las actuaciones dirigidas a reducir oportunidades de comportamiento inadecuado por medio del “diseño de personas” y del “diseño de lugares”. Esto es, limitar las oportunidades en los individuos, y limitar las oportunidades en el entorno: prevención individual y prevención situacional (Felson y Clarke, cit en Gutiérrez:2018).
Para desarrollar cualquier modelo preventivo, el paso inicial es siempre el análisis de riesgos. La realidad pública española es que las administraciones que tienen controles más débiles son los que concentran el grueso de la corrupción: las administraciones con menos control y las actividades relacionadas con la contratación pública, de acuerdo con diversos estudios.
La prevención se basa en el control de los riesgos. Y debe fundamentarse en algunos elementos básicos (Gutiérrez:2018), como son:
- Evaluación del comportamiento
- Diseño del código de cumplimiento en materia de integridad
- Recepción de denuncias y control del canal
- Sensibilización y formación sobre corrupción
Además, estos elementos básicos deben materializarse en medidas concretas, que, de acuerdo con Nieto Martín (2014), deben incluir:
- Sistemas de «cuatro ojos» (duplicar personal en procesos de contratación/subvenciones)
- Rotación de personal
- Normas estrictas de composición de tribunales en procedimientos de selección
- Aumento de información y participación pública en usos de bienes comunes (suelo, medio ambiente)
- Criterios de buenas prácticas en la contratación
La elaboración de códigos de corte universal para aplicación en las administraciones públicas, el desarrollo de guías, recomendaciones e instrucciones y la formación y educación son aspectos esenciales en el desarrollo de la prevención por parte de las autoridades antifraude, y forman parte del corpus de actuación de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción.