El director de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (OAAF), Francisco de Paula Sánchez Zamorano, participó el pasado 15 de abril de 2026 en el Encuentro de las Autoridades Independientes de Protección del Informante (AIPI), celebrado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) y organizado por su Sección de Compliance.
El encuentro, de formato presencial, reunió por primera vez a los máximos responsables de las principales autoridades autonómicas y estatales de protección del informante, con el objetivo de analizar el estado de desarrollo del sistema español tres años después de la entrada en vigor de la Ley 2/2023.
El director Sánchez Zamorano intervino como ponente en la Mesa 1, dedicada al Régimen jurídico, competencias y coordinación institucional de las AIPIs, en la que participaron también representantes de la Oficina Antifraude de Cataluña (Josep Tomás Salás), el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Madrid (Jesús María González) y la Autoridad Independiente en materia de corrupción de Castilla y León (Luis Gracia Romero).

En su intervención, el director de la OAAF abordó tres ejes fundamentales. En primer lugar, explicó el modelo de creación y designación de la OAAF, nacida de la Ley 2/2021 del Parlamento de Andalucía y dotada de una adscripción parlamentaria que garantiza su independencia frente al Gobierno autonómico. Subrayó que esta fórmula es la que mejor protege la credibilidad institucional que cualquier autoridad de este tipo necesita para que los potenciales informantes confíen en ella.
En segundo lugar, describió el ámbito competencial de la OAAF —circunscrito al sector público andaluz— y distinguió entre las funciones de obligado cumplimiento legal (recepción y tramitación de comunicaciones, protección frente a represalias y prevención del fraude) y las actividades de carácter preventivo que la Oficina ha impulsado de forma proactiva, como el asesoramiento en planes de integridad, la formación a habilitados nacionales y directivos públicos, o la suscripción de convenios con colectivos profesionales clave —entre ellos, el recientemente firmado con COSITAL Andalucía.
En tercer lugar, Sánchez Zamorano identificó los principales límites estructurales de las AIPIs: el límite competencial (no son órganos de investigación ni sanción directa), el límite territorial (especialmente relevante en asuntos con dimensión multiautonómica) y el límite del ámbito material, vinculado a las doce áreas tasadas de la Directiva europea 2019/1937, cuya próxima revisión podría corregir las incoherencias actuales en el nivel de protección dispensado a los informantes.
Balance de tres años de la Ley 2/2023 y cooperación entre AIPIs
La Mesa abordó igualmente el balance de la actividad sancionadora desde la entrada en vigor de la ley. El director de la OAAF defendió un modelo de supervisión gradual, en el que el requerimiento, el acompañamiento y la formación precedan a la sanción, reservando esta para los casos más graves —especialmente las represalias contra informantes, que calificó como el supuesto más urgente y de respuesta institucional más inaplazable.
En el bloque dedicado a la cooperación interinstitucional, Sánchez Zamorano destacó la participación de la OAAF en la red europea NEIWA y abogó por mecanismos más estructurados de intercambio de información entre AIPIs para casos con dimensión multiautonómica, sin menoscabo de las necesarias garantías de confidencialidad.
La jornada se completó con una segunda mesa sobre Aplicación práctica y criterios interpretativos en cuestiones críticas de la norma, y concluyó con una clausura a cargo del vicepresidente de la Sección de Compliance del ICAB.